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PROCESO DE POSTULACION UNIVERSIDAD DEL MAR 2009

 
    • Qué becas ofrece la Universidad del Mar?

      BECA POR BUEN RENDIMIENTO EN PSU: Todo postulante que solicite una beca por puntaje obtenido en la P.S.U., deberá cumplir y acreditar con los siguientes requisitos:

      a) Acreditar el puntaje obtenido en la P.S.U.,  rendida en el mes de diciembre del año anterior a la postulación, debe ser igual o superior a los que más abajo se indican, con lo que se hará acreedor a los siguientes descuentos, sobre el arancel anual:

      Sobre 740 ptos. 100%
      720 ptos. A 739,9 ptos.  90%
      700 ptos.  Y   719,9 ptos. 80%
      690 ptos.  Y   699,9 ptos. 70%
      680 ptos.  Y  689,9 ptos. 60%
      660 ptos. Y  679,9 ptos. 50%
      640 ptos. Y  659,9 ptos. 40%
      620 ptos. Y  639,9 ptos. 30%
      600 ptos.  y  619,9 ptos. 20%

      Excepciones : NO se consideran becas por puntaje PSU para las carreras de Medicina, Odontología, Enfermería y Kinesiología, ni tampoco alumnos que antes de postular a la udelmar, se hayan matriculado en otras instituciones de educación superior.

      b) Sólo podrán postular a este beneficio los alumnos que hayan egresado de enseñanza media el año anterior al ingreso a la Universidad, y que hayan rendido la P.S.U. por primera vez.

      c) Para la renovación de la beca el alumno deberá cursar todas las asignaturas que corresponda dictar en el semestre, de acuerdo a la malla de la carrera, y los resultados obtenidos para conservar la beca deberán ser los que se detallan a continuación, según su año de ingreso:

      1.- Para aquellos alumnos cuyo año de ingreso a la Universidad sea hasta el año 2000, se exigirá solamente la aprobación de la totalidad de las asignaturas y se aceptará la renovación de la beca con una sola asignatura reprobada siempre y cuando el promedio general sea superior o igual a 4,5 (cuatro coma cinco).

      2.- Para aquellos alumnos que ingresen a partir del año 2001 en adelante, se exigirá la aprobación de la totalidad de las asignaturas que curse, no aceptándose reprobaciones o interrupción de estudios.

      BECA POR HERMANOS:
      Se otorgará un 10% de descuento al alumno que tenga un hermano como alumno regular de la Universidad, o un 15% a aquél que tenga dos hermanos en la misma condición, siempre y cuando el sostenedor que suscriba los compromisos financieros con la Universidad sea la misma persona para todos los hermanos.

      BECA POR FALLECIMIENTO DEL SOSTENEDOR DE LA COLEGIATURA:
      De producirse el deceso del sostenedor de la colegiatura de un alumno, la Universidad suspenderá el cobro de los valores comprometidos para el resto del año, siempre que se encuentre al día en el pago de sus obligaciones financieras contraídas con la Institución.

      El alumno afectado podrá solicitar una beca por los años siguientes, lo que será evaluado por la junta directiva. Esta beca podrá ser de hasta un 80% del valor de la colegiatura anual, monto que se determinará en función de la situación económica de la familia y el rendimiento académico del alumno.

      Se entiende por sostenedor de la colegiatura del alumno, a la persona que ha suscrito los documentos que respaldan el pago de la colegiatura.

      Cualquiera sea la calidad de la beca, excepto cuando está expresamente indicado, los alumnos deberán pagar el valor de la matrícula completa.

      No existe otro tipo de becas que las mencionadas en los artículos anteriores y el otorgamiento de ellas debe ser aprobado por la Junta Directiva de la Universidad.

      BECAS A FUNCIONARIOS O DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD:
      Se otorgará un 50% de Beca a los funcionarios o docentes que se encuentren actualmente prestando servicios y que hayan prestado por mas de un año a la Universidad con un contrato indefinido o acrediten, a través de un certificado  de los Directores de Escuela, ser profesores titulares de la Carrera. En ambos casos, deberán tener más de un año de antigüedad en el servicio a la Universidad con contratos jornada completa o media jornada.

      BECAS DE FAMILIARES DIRECTOS DE FUNCIONARIOS O DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD:
      Se otorgará  un 25% de descuento a los hijos, cónyuge, o padres de los funcionarios o profesores de la Universidad, que tengan más de un año de antigüedad contratado con jornada completa, acreditado debidamente con la documentación que corresponde, que tengan mas de un año de servicio en la Universidad.

      Además se consideran los siguientes rangos diferenciados según remuneración mensual, para las personas contratadas jornada completa por la Universidad del Mar:

      a.     Personal con renta bruta menor o igual a $400.000, pero mayor que $250.000.
               Beca personal Universidad del Mar = 60% del arancel anual.
               Beca a hijos de personal Universidad del Mar = 50% del arancel anual.
               Beca a cónyuges de personal Universidad del Mar = 25% del arancel anual.

      b.     Personal con renta bruta menor o igual a $250.000 pero mayor a $200.000

              Beca personal Universidad del Mar = 70% del arancel anual.

              Beca a hijos de personal Universidad del Mar = 75% del arancel anual.

              Beca a cónyuges de personal Universidad del Mar = 50% del arancel anual.

      c.      Personal con renta bruta menor o igual a $200.000

              Beca personal Universidad del Mar = 70% del arancel anual.

              Beca a hijos de personal Universidad del Mar = 100% del arancel anual.

              Beca a cónyuges de personal Universidad del Mar = 50% del arancel anual.

      Estas becas son incompatibles con créditos adicionales. Personas con renta bruta superior a $400.000 continuaran con los beneficios existentes en el reglamento de becas actual.

       

 

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